
La Junta General de Colegiados comprende a todos los colegiados ejercientes y no ejercientes y asume la máxima autoridad dentro del Colegio Nacional de Ópticos-Optometristas.
El Colegio Nacional de Ópticos-Optometristas estará regido en segundo grado por la Junta de Gobierno compuesta por: el Decano, el Vicedecano, el Tesorero, el Contador, el Secretario y un número de Vocales no superior a nueve. Además tendrán el carácter de Vocales de la Junta de Gobierno los Presidentes Regionales.
Decano: D. Eduardo Morán Abad
Vicedecano: D. Eneko Zabalo Jurado
Secretaria: Dª. Clara Penelas Écija
Tesorera: Dª. Mª Luisa Galdón Díaz
Contador: D. Ignacio José de Costa González
Vocales:
Dª. Beatriz Alonso Martín
D. Alberto Barroso Rubio
D. Ricardo Fernández Carmena
Dª. Raquel González Fernández
Dª Felicidad Hernández Hernández
Dª Mª Luisa Mari Cava de Llano
D. Daniel Pradana López
Dª. Mª José Prado Díaz
D. Antonio Rodríguez García
D. Carlos Serrano Bernal
D. César Villa Collar
D. Francisco Zunzunegui Quintana
El Colegio Nacional de Ópticos-Optometristas estará regido en tercer lugar por el Decano a quien corresponderá la presidencia y representación oficial del Colegio.
Dentro de la Junta de Gobierno funcionara una Comisión Ejecutiva, constituida por el Decano, el Tesorero, el Contador, el Secretario y otros tres miembros designados por la propia Junta y pertenecientes a ella. Tendrá las funciones que le delegue la Junta de Gobierno pudiendo adoptar cualquier resolución que estime urgente en defensa de los intereses del Colegio o de los colegiados, con la obligación de dar cuenta a la Junta de Gobierno en la primera reunión que celebre.
Decano: D. Eduardo Morán Abad
Secretaria: Dª. Clara Penelas Écija
Tesorera: Dª. Mª Luisa Galdón Díaz
Contador: D. Ignacio José de Costa González
Vocales ejercientes:
Dª. Beatriz Alonso Martín
D. Daniel Pradana López
D. César Villa Collar
Como Órganos territoriales del Colegio Nacional de Ópticos-Optometristas existirán Delegaciones Regionales para facilitar las relaciones de los colegiados y los servicios centrales rectores del Colegio. Actuaran dentro de su jurisdicción en representación del Colegio y prestaran su máxima colaboración a la Junta de Gobierno del mismo, siguiendo las directrices que ésta marque.