Noticias de prensa

01

Abr

2016

Los ópticos-optometristas, personal estatutario de los servicios de salud madrileños

Desde hace varios años, la Junta de Gobierno de la Primera Delegación Regional había reclamado la creación de la categoría de óptico-optometrista, como personal estatutario en el Servicio Madrileño de Salud, a lo largo de 2015, y con especial intensidad, tras la publicación del Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de salud , su presidente, Ricardo Fernández Carmena, acompañado del delegado provincial de Madrid, Alberto Barroso Rubio, y el secretario regional, José Antonio Aranda Muñoz, mantuvo diversas reuniones con el viceconsejero de Asistencia Sanitaria de la Comunidad de Madrid y con distintos portavoces de los grupos parlamentarios en la Asamblea de Madrid, a fin de interesarse sobre la situación de los ópticos-optometristas incorporados a la sanidad pública de la región y para solicitar expresamente la creación de dicha categoría profesional estatutaria.

Celebradas elecciones en la Comunidad de Madrid, Jesús Sánchez Martos, recién nombrado Consejero de Sanidad, recibió al presidente de la Primera Delegación y le expresó su firme compromiso de establecer, dentro del SERMAS, nuevas categorías entre las que se encontraría la de óptico-optometrista.
El pasado mes de septiembre, el Consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid compareció por primera vez y a petición propia en la Comisión de Sanidad de la Asamblea de Madrid, donde explicó sus proyectos de legislatura y aludió expresamente al antedicho compromiso adquirido.
Más tarde, el 12 de noviembre de 2015, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, aprobó el proyecto de Ley de Medidas Fiscales y Administrativas, que, tras ser remitido a la Asamblea de Madrid, resultó aprobado el día 28 de diciembre de 2015, y publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad el 31 de diciembre de 2015.

Por fin y tras un complicado recorrido en el que el buen hacer de nuestro colectivo ha resultado decisivo, en el artículo 22 de la Ley 9/2015, de 28 de diciembre de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid se recoge:

"Artículo 22 Creación de categorías estatutarias del Servicio Madrileño de Salud

Se crea en las Instituciones sanitarias dependientes del Servicio Madrileño de Salud, las siguientes categorías de personal estatutario: (…) b) Óptico-Optometrista, para cuyo acceso se exige estar en posesión del título de grado en Óptica y Optometría o titulación equivalente. Esta categoría se encuadra en el Grupo A, Subgrupo A2 de clasificación de los funcionarios públicos."

Desde esta corporación, nos congratulamos del resultado.

 

 

Más información

Imprimir

JUNTA GENERAL DE COLEGIADOS

JUNTA DE GOBIERNO

DECANO

COMISIÓN EJECUTIVA

DELEGACIONES REGIONALES